CTDL N° 16: Trabajo y Familia

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Desde la incorporación de la mujer en el mercado laboral, ha surgido el interrogante sobre el modo de compatibilizar la vida familiar con tales tareas y obligaciones. La sobrecarga del trabajo reproductivo (por oposición al trabajo productivo) y de las responsabilidades familiares afecta a todas las mujeres, en tanto ellas han incrementado su participación en el mundo laboral, mientras que los varones no han hecho lo mismo -o lo han hecho en mínima medida- en relación con las responsabilidades domésticas y de cuidado.
Las nuevas formas de organización familiar, producto de las transformaciones sociales, culturales y sociodemográficas, inciden sobre los jueces en el momento de interpretar las normas laborales. En este contexto, se impone un reconocimiento de realidades familiares no contempladas normativamente y una nueva visión de los tradicionales institutos del derecho laboral.

A fin de garantizar el acceso igualitario al trabajo, el Estado debe generar nuevas culturas organizacionales con prácticas más acordes con las necesidades de la familia. Es imperioso ampliar y proteger el empleo registrado, a fin de no colocar a la mujer en situación de vulnerabilidad; establecer mecanismos no discriminatorios para las promociones y ascensos, con igual remuneración por igual tarea y visibilizar el tema del cuidado en la sociedad como una actividad que tiene que ser asumida en su conjunto y no recaer exclusivamente en las mujeres.

Cuando se observa la trayectoria laboral de una mujer, se advierte que en general existe una interrupción en la época fértil vinculada con la maternidad. Por ello, cobra relevancia la promoción de medidas de conciliación entre el trabajo productivo y el reproductivo, que permitan pensar en estrategias de protección que incluyan a todo tipo de familias, especialmente a aquellas que tienen como jefas de hogar a una mujer.

Las personas no pueden objetivarse en “trabajo” para participar en el mercado. Sus obligaciones, pesares y emociones las acompañan y definen también en ese ámbito. Este rasgo característico del trabajo humano torna imposible el análisis de las instituciones jurídicas con abstracción de la problemática social y familiar que las condiciona.

En definitiva, compatibilizar trabajo y familia es un derecho de las mujeres, y su reconocimiento nos hará avanzar un paso más hacia el principio de igualdad entre hombres y mujeres.

Elena I. Highton de Nolasco

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Ficha de datos

Edición
1ra Ed.
Páginas
320
Fecha de Publicación
2012-10-01
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Autor
Coordinadora: Andrea García Vior

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